El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien elaboró el proyecto contra la reforma judicial, aseguró que el segundo transitorio de la reforma de “supremacía constitucional” no aplica a su proyecto, dado que éste ya no está “en trámite”:
Aldo Canedo / El Sol de México.- Al comienzo de la sesión de este martes, donde la Corte discutirá la constitucionalidad de la reforma judicial, el Pleno rechazó una petición enviada por la ministra Lenia Batres Guadarrama para aplazar la discusión y retirar el proyecto.
Esto, de acuerdo con la solicitud de Batres Guadarrama, en respuesta a la aprobación del Congreso de la Unión de la llamada “supremacía constitucional”, que presuntamente prohíbe a la Corte discutir la reforma judicial.
Con nueve votos contra la moción de Batres —incluido el de la ministra Loretta Ortíz Ahlf—, y solo dos a favor, de Yasmín Esquivel y Batres Guadarrama, la Suprema Corte acordó discutir la petición en el apartado de “causales de improcedencia”, por lo que el proyecto no será retirado previo a su discusión.
La moción de Batres fue respaldada por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien aseguró que tras los cambios en los artículos 105 y 107 de la Constitución, la Suprema Corte no debería analizar las modificaciones hechas al Poder Judicial de la Federación.
En respuesta, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien elaboró el proyecto contra la reforma judicial, aseguró que el segundo transitorio de la reforma de “supremacía constitucional” no aplica a su proyecto, dado que éste ya no está “en trámite”:
“Una vez que se ha acordado formalmente el cierre de la instrucción, las acciones de inconstitucionalidad no se encuentran más en una fase de trámite, sino que están en una fase de resolución. Por lo anterior, al día en que se publicó la apresurada reforma constitucional (esto es el 31 de octubre), ya existía un cierre de instrucción desde el 30 de octubre y adicionalmente el proyecto ya era de su conocimiento desde el día 28 de octubre, por lo tanto, no existe una causal de improcedencia superveniente que se haya como se ha firmado aquí esta interpretación”, indicó Alcántara Carrancá.