El Senado avala en lo general y en lo particular la reforma constitucional de “Nacionalidad Única” para la Presidencia y gubernaturas
México.- El Pleno del Senado de la República aprobó el 29 de septiembre de 2026 por mayoría calificada (86 votos a favor y 42 en contra) el dictamen que modifica los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La iniciativa, previamente respaldada en la Cámara de Diputados el 22 de septiembre (con 344 votos a favor, 115/116 en contra y una abstención), fija como requisito de elegibilidad la nacionalidad mexicana única por nacimiento para ocupar la Presidencia de la República, las Gubernaturas estatales y la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.
La minuta ha sido remitida a los Congresos locales para continuar con el procedimiento constitucional de aprobación por la mayoría de las legislaturas estatales.
Ejes Principales de la Reforma Constitucional
- Alcance Restringido a Cargos Ejecutivos: La modificación aplica únicamente a la Presidencia de la República, Gubernaturas estatales y la Jefatura de Gobierno de la CDMX. No se extiende de manera general al resto de los cargos públicos ni elimina el derecho a la doble nacionalidad para la ciudadanía en general.
- Renuncia Efectiva de Ciudadanía Extranjera: Quienes aspiren a dichos cargos y posean otra nacionalidad deberán renunciar formalmente a ella antes de solicitar su registro candidatural. Además, deberán comprobar ante la autoridad electoral la extinción legal del vínculo con el otro Estado, sin que sirva únicamente una manifestación ante la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).
- Restricciones de Ejercicio: Se prohíbe a aspirantes y titulares de estos cargos el uso de pasaportes o documentos de identidad extranjeros, ejercer derechos políticos en otro país o acogerse a la protección diplomática de otra nación.
- Régimen Transitorio y Aplicación: La medida será aplicable a partir de los procesos electorales de 2028 en adelante y no afectará retroactivamente a las autoridades que ya se encuentren en funciones.
- Adecuaciones Secundarias: Tras la publicación del decreto constitucional, el Congreso de la Unión contará con un plazo de 90 días naturales para realizar las adecuaciones correspondientes a la Ley de Nacionalidad y a la legislación electoral secundaria.
Contexto Político y Posicionamientos en el Debate
- Defensa de la Mayoría (Morena – PVEM – PT): Sostienen que la norma garantiza la máxima lealtad institucional y la defensa de la soberanía nacional en la conducción del Poder Ejecutivo, evitando el conflicto de intereses o la doble lealtad jurídica ante estados extranjeros.
- Postura de la Oposición (PAN – PRI – MC): Diputados y senadores de oposición criticaron la medida argumentando que presupone una falta de lealtad en los mexicanos con vínculos migratorios o binacionales. Cuestionaron además la complejidad técnica de exigir la acreditación de renuncia conforme a las leyes soberanas de otros países.
- Casos Referenciados durante el Debate: En la discusión parlamentaria salieron a relucir perfiles políticos con doble nacionalidad por nacimiento o lazos migratorios (como Javier Corral, Jasmine Bugarín o Francisco García Cabeza de Vaca), además de menciones vertidas por la oposición hacia figuras públicas como Marcelo Ebrard o el empresario Ricardo Salinas Pliego, si bien la mayoría legislativa defendió el carácter abstracto e institucional de la reforma.
Resumen del Proceso Legislativo de la Reforma de Nacionalidad Única
| Órgano / Fase | Fecha | Votación / Estatus | Destino del Dictamen |
| Cámara de Diputados | 22 de septiembre de 2026 | 344 a favor, 115 en contra, 1 abstención. | Turnado al Senado de la República. |
| Senado de la República | 29 de septiembre de 2026 | 86 a favor, 42 en contra (Mayoría calificada). | Turnado a Congresos Estatales (Fase Constituyente). |
| Artículos Modificados | Art. 82, 116 y 122 CPEUM | Requisito de nacionalidad única por nacimiento para titulares del Ejecutivo. | Pendiente de ratificación estatal y promulgación. |







