Al menos 3.7 millones de niñas, niños y adolescentes que trabajan el 33% lo hace en el sector agropecuario.
Bertha Becerra / El Sol de México.- De acuerdo a la NOM-038-STPS-2024, las labores de tipo administrativo son las únicas de bajo riesgo en las que participen las y los menores de edad que se ocupen en actividades agrícolas, forestales, de aserradero, silvícolas, de caza y pesca.
Esto es en las que se excluya de la operación cualquier tipo de equipo o maquinaria peligrosa, la exposición a químicos o a temperaturas elevadas o abatidas y a posturas forzadas, así publica hoy la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, que responde a la reforma del Artículo 176, fracción II, numeral 8 de la Ley Federal del Trabajo, que se publicó en el Diario Oficial de la Federación del 5 de abril de 2022.
Para preservar el interés superior de la niñez, se mantiene la clasificación como labores peligrosas o insalubres las actividades que se desarrollen en condiciones térmicas elevadas, también con exposición a agentes químicos; en condiciones climáticas extremas en campo abierto, con esfuerzo físico moderado y pesado o con posturas forzadas.
Refiere la STPS, que en México, los derechos de los menores de edad los protegen la Ley Federal del Trabajo (LFT), la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA), así como los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el C-138 Convenio sobre la edad mínima y el C-182 sobre las peores formas de trabajo infantil.
La NOM 038 salvaguarda el interés superior de la niñez, al ser conforme con el marco normativo nacional e internacional. Respeta los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad que establece la Constitución General de la República.
La Secretaría de Trabajo y Previsión Social exhorta a las personas empleadoras a cumplir con la legislación laboral y de trabajo de menores y advierte que cualquier centro de trabajo que emplee a menores de edad en el sector agrícola fuera de los lineamientos de esta Norma Oficial Mexicana (NOM) y demás reservas que establece la Ley Federal del Trabajo, podrán ser sujetos de sanciones aplicables con base en la normatividad federal.
Más de 3 millones de menores de edad trabajan en el sector agropecuario.
Actualmente, cerca de 3.7 millones de niñas, niños y adolescentes en situación de trabajo infantil, esto es entre 5 y 17 años de edad, de acuerdo con el INEGI.
De ellos, más de 2 millones trabajan en ocupaciones no permitidas en menores de 15 años, informó el secretario general adjunto de la CTM, el abogado Fernando Salgado Delgado, el pasado 12 de junio, en la conmemoración del Día Mundial contra el Trabajo Infantil.
La socióloga rural Margarita Nemecio, del Centro de Estudios en Cooperación Internacional y Gestión Pública, A.C. e integrante de la Red Nacional de Jornaleros y Jornaleras Agrícolas, comenta: “no existen cifras certeras de cuántos niñas, niños y adolescentes jornaleros trabaja en los campos agrícolas en México”.
También dijo a El Sol de México que en 2023, el INEGI estimó que aproximadamente 700 mil menores de edad se ubicaron en los campos agrícolas como trabajadoresque podían o no percibir una remuneración por su actividad.
A su vez, el director de la Oficina de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para México y Cuba, Pedro Américo Furtado, especialista en Trabajo Infantil, en entrevista coincidió en que las últimas cifras del trabajo infantil son del INEGI.
“De los 3.7 millones de niñas, niños y adolescentes que trabajan, el 33 por ciento se ocupa en el sector agropecuario”.