Especialistas y la SCJN analizan el sobreprecio del 17% y la exclusión de beneficios fiscales en productos de higiene.
CIUDAD DE MÉXICO. — La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó recientemente un amparo de una cadena comercial contra el IVA en productos de gestión menstrual, aclarando que la carga fiscal recae en el consumidor y no en la empresa. No obstante, el fallo avaló que el Congreso limite la tasa cero solo a toallas, tampones y copas, dejando fuera artículos como pantiprotectores y ropa interior especial. Esta decisión mantiene vigente la discusión sobre el “Pink Tax”, un sobreprecio promedio del 17.22% que enfrentan las mujeres en bienes y servicios comparados con las versiones masculinas.
Según datos de la UNAM y PROFECO, esta disparidad no responde a un impuesto oficial, sino a estrategias de mercado que aprovechan el rol activo de las mujeres en las decisiones de compra. Las diferencias de precio pueden llegar hasta el 42% en sectores como seguros de gastos médicos mayores, donde las aseguradoras ajustan costos basándose en la expectativa de vida y riesgos específicos. Además, las marcas suelen justificar el incremento mediante inversiones más altas en empaques, diseño y publicidad dirigidos exclusivamente al público femenino.

Para mitigar este impacto financiero, la PROFECO recomienda a las consumidoras comparar precios y optar por productos de diseño neutro cuando la única diferencia sea el color o la presentación. Por su parte, la PRODECON enfatiza que excluir insumos básicos de higiene de los beneficios fiscales refuerza la desigualdad de género. Ante este panorama, se invita a la población a utilizar herramientas de asesoría gratuita para exigir mayor equidad en un mercado que continúa penalizando económicamente a las mujeres por artículos de primera necesidad.








