El padre de la joven le pedía al subdelegado que detuviese a Galván hasta encontrar el paradero de su hija, mientras la autoridad veía que el caso estaba relacionado con los artículos 810, 811 y 812 del Código Civil.
El día 27 de abril de 1931, Anuario Castillo se presentó ante el segundo subdelegado de la encargatura de la sección 16 del municipio de Reynosa, que se encontraba en el rancho San José, al oriente de la villa del mismo nombre. Le manifestó al subdelegado Alberto Valadés una queja en contra del joven Antonio Galván Bocanegra, a quien lo acusaba por el delito de rapto de su hija Nicomedes Castillo, de 15 años.
El padre no había puesto queja alguna del rapto de su hija, que había sucedido ocho meses antes. Esta vez se enteró que su hija se encontraba perdida del hogar de los padres de Antonio, a donde la habia llevado desde su rapto, ocurrido en septiembre del año anterior 1930.
Antonio Galván andaba trabajando en otro rancho cuando la muchacha había desaparecido. Al retornar su casa de un día de trabajo, se encontró con la novedad que su pareja se había salido del lugar y no había regresado. El padre de la joven le pedía al subdelegado que se detuviese a Galván hasta encontrar el paradero de su hija, mientras la autoridad veía que el caso estaba relacionado con los artículos 810, 811 y 812 del Código Civil.
El subdelegado Alberto Valdez, procedió a detener a Galván para despúes remitirlo a la ciudad de Reynosa, con los vecinos Wenceslao Piña y Bruno Bocanegra. La búsqueda de la joven perdida, estuvo a cargo del comandante Francisco F. Treviño y varios vecinos de la sección 16.
La búsqueda.
Al día siguiente 28 de abril de 1931, el comandante y los vecinos a su cargo encontraron a la joven Nicomedes Castillo vagando en el campo, como a kilómetro y medio de los ranchos más cercanos del rancho San Juanito, poniéndola inmediatamente a disposición de la autoridad de la encargatura. Cuando la encontraron, tenía tres días con sus noches vagando en el campo sin probar alimento, tomando solamente agua de los charcos.
Ella le contó a la autoridad en el rancho San José que, estando ausente su compañero en sus tareas de trabajo en otro rancho, en la casa donde habitaba con sus suegros, la habían golpeado, según ella sin motivo alguno, sus cuñados Guadalupe e Ismael Galván. En un primer intento, se retiró sola del lugar, pero al salir de los solares del rancho San Juanito donde vivía, se topó con otro de sus cuñados, llamado Tadeo Galván, quien la llevó en su caballo a la casa donde él vivía, para que hablara con su suegro Antonio Galván. El hombre le propuso que regresara a la casa de donde había partido.
Estando en el lugar pensó que su situación continuaría como antes, por lo que decidió retirarse de nuevo. Por timidez a que su padre Anuario Castillo le hiciera un desaire en su hogar, decidió quedarse en el campo donde la encontraron los vecinos guiados por el comandante Francisco Treviño.
La muchacha no tenía queja en contra de su compañero Antonio Galván, tampoco contra su suegro del mismo nombre. A pedimento de la ofendida, el subdelegado de la sección 16, ordenó se condujesen los inculpados a la ciudad de Reynosa bajo la custodia de Andrés Castillo y Antonio Galván, para que se dispusiera lo conveniente en este caso.
Las diligencias en Reynosa.
Ese mismo día 28 de abril, el síndico Manuel de la Viña, en calidad de agente de ministerio público de Reynosa, precedió con las diligencias para averiguar si resultaba ser delito que perseguir, el hecho de la desaparición de la joven Castillo. El agente de la Viña comunicó se previniera a la queja del rapto de la hija, hecha por el Sr. Anuario Castillo que, debido a no haber denunciado el delito de rapto a tiempo, se consideraba por consiguiente extemporáneo.
Por lo cual la averiguación, se convertía en una querella, con motivo de la desaparición de la joven Castillo, en la presunción de que se hubiese cometido un crimen con ella. Para esto, se le tomaría las declaraciones indagatorias al posible autor o autores del susodicho crimen, siguiendo las diligencias hasta poner claro la verdad.
Las declaraciones.
En ese día 28 de abril, se le tomaron las declaraciones al joven Antonio Galaván Bocanegra de 22 años de edad, originario del rancho San Juanito. Antonio explicó que en el mes de septiembre del año anterior (1930), siendo novio de Nicomedes Castillo, consideró que los padres de ella no se la darían en matrimonio, aunque se los pidiera, por lo que optó por raptarla para casarse con ella; esto con el consentimiento de la novia.
La sacó de la casa paterna para llevarla a vivir en la casa de sus padred, Antonio Galván e Ildefonsa Bocanegra. En ese mismo momento, la familia empezó a hacer gestiones con los padres de Nicomedes para poder llevar acabo el matrimonio, pero ellos se negaron a dar su consentimiento, razón por lo que la pareja decidió llevar su vida marital en casa de los padres de Antonio Galván.
Inclusive el subdelegado de la sección 16, el Sr. Antonio Uresti García, había ido a hablar con los padres de la joven, pero no se pudo conseguir su aprobación, mencionó en su declaración el joven Galván. La pareja tenía la intención de casarse pronto, pero esto no era legalmente posible por su edad; por lo que llevaban una vida marital en esos meses que estuvieron juntos.
Fue el sábado de la semana anterior que, el joven Galván salió a trabajar a unas tierras de cultivo de don Juan Elizetche. Este último era originario de Francia y según los datos en el censo de México de 1930, Elizetche era en ese entonces el administrador en la hacienda San Juan del Bravo, al poniente del rancho San Juanito. El francés estaba casado con una mujer originaria de Durango y eran padres de tres niños de entre 8 y 11 años de edad.
Antonio regresó a San Juanito como a las tres de la tarde, encontrándose con la novedad que su joven pareja se había ido de la casa cerca de mediodía. Una de las vecinas, Ramona Fonseca, la vio que iba sola, con rumbo a su casa y le preguntó que andaba haciendo. Cuando le respondió que nada, la mujer le preguntó si le pasaba algo y para donde iba. Le respondía que para su casa, mientras seguía el camino.
Fue entonces que la Sra. Fonseca notificó al suegro de la joven Nicomedes, don Antonio Galván. Este le dio conocimiento al subdelegado de la sección 16 en el rancho San José (de Los Yarritu), Alberto Valdez.
El joven Antonio Galván hizo pesquisas para encontrarla, pero no pudo dar con ella; llegó a suponer que los mismos padres de la joven la tenían escondida para vengarse de él. Pues ellos nunca cedieron en dar su consentimiento para que se casara con Nicomedes. Pensaba que la habían pasado para el otro lado del río, hacia Texas. El día que se había ido la joven de la casa de sus padres, él se encontraba trabajando con el francés Elizetche, quien podría corroborar su coartada.
Aparentemente durante las declaraciones aportadas por el joven Galván, todavía no habían llegado a Reynosa, Nicomedes y los inculpados en el caso desde la jurisdicción 16. Al siguiente día el agente del Ministerio Público, le tomaría las declaraciones a la joven desaparecida, a su cuñada Guadalupe y a su padre en relación con los eventos de este caso, que se encuentra documentado en la Serie de Causas Criminales, de la Sección de Juzgados, del Archivo Municipal de Reynosa. La conclusión de los eventos será contada en una próxima nota de este matutino.