Las restricciones implementadas en ambos estados se consideran discriminatorias
Alfredo Fuentes | El Sol de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió dos asuntos en los que determinó que las personas que cuentan con antecedentes penales o administrativos sí pueden ejercer cargos públicos en Nuevo León y Guerrero.
El Pleno del máximo tribunal continuó este martes la discusión iniciada ayer respecto a la acción de inconstitucionalidad 38/2022 interpuesta por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra de la prohibición para que las personas con antecedentes penales no accedan a un cargo en los Centros de Atención Infantil.
Nuevo León
El proyecto a cargo del ministro Javier Laynez Potisek propuso a sus compañeros echar atrás esta medida establecida en la fracción XI del artículo 11 de la Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil del Estado de Nuevo León al estimar que es discriminatoria.
“La genialidad del requisito se traduce en una prohibición absoluta y sobreinclusiva, la cual refuerza la discriminación histórica que viven estas personas con antecedentes penales y no cumple con el objetivo constitucional”, expuso en su intervención.
Ayer la mayoría de los ministros estuvo de acuerdo con los argumentos manifestados, pero al no contar con los ocho votos para echar atrás la medida, debido a la ausencia de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, se acordó aplazar la votación para esta tarde, en la que finalmente se eliminó el artículo con tres votos en contra.
Guerrero
El segundo asunto a tratar fue de aspecto similar, pero en el estado de Guerrero. En concreto contra la Ley Número 175 del Centro de Conciliación Laboral que en su fracción V, del artículo 50, establece que una persona que busque aspirar a la dirección general no debe estar bajo investigación o haber sido sancionado en materia administrativa.
Esta acción de inconstitucionalidad 76/2022 también fue promovida por la CNDH, órgano que acusó que la normatividad viola los mismos preceptos constitucionales contra la discriminación de las personas.
Al estar de acuerdo, la ponencia del ministro Laynez Potisek propuso a sus colegas del Pleno eliminar el artículo controvertido y no limitar el acceso a dicho cargo a las personas que fueron sancionadas en el pasado.
El proyecto fue aprobado por unanimidad, pero contrario al anterior los ministros promovieron modificaciones que permitan acotar los alcances de la medida, ya que desde el punto de Luis María Aguilar Morales se debe tomar en cuenta que las sanciones contempladas son “graves”.
“Si bien no es un delito, es una responsabilidad de tipo administrativo de cualquier manera habría de evaluar, o hacer un razonamiento respecto de la importancia que puede tener el que alguien que vaya a participar en la administración haya sido sancionado precisamente por una responsabilidad administrativa”, apuntó.
Luego de aprobar esta modificación, el Pleno dio el visto bueno para cambiar la norma guerrerense y adoptar las definiciones señaladas por el ministro Aguilar Morales.
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