Suprema Corte valida facultades de la Armada de México como Guardia Costera al negar amparo a Calica
México.- Por unanimidad, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó un amparo a la empresa Calizas Industriales del Carmen (Calica), filial de la estadounidense Vulcan Materials, al ratificar la constitucionalidad de las facultades de la Secretaría de Marina (Semar) para ejercer funciones de Guardia Costera en costas, zonas marinas y recintos portuarios.
El fallo, basado en el proyecto del ministro Irving Espinosa Betanzo, avaló la validez del artículo 2, fracción V, inciso a), de la Ley Orgánica de la Armada de México, el cual autoriza labores de vigilancia, verificación e inspección. La Corte sustentó que el artículo 129 constitucional permite a las Fuerzas Armadas ejercer en tiempos de paz aquellas funciones expresamente previstas en leyes emitidas por el Congreso de la Unión.
Origen del litigio y resolución del Máximo Tribunal
- Impugnación de Calica: La filial de Vulcan Materials promovió el juicio de amparo tras recibir un oficio en mayo de 2023 donde la Armada solicitaba acceso a las cámaras de vigilancia, usuarios y contraseñas de la terminal portuaria que administra en Punta Venado, Quintana Roo.
- Fondo del asunto y legislación aplicable: Aunque la ley impugnada se abrogó en noviembre de 2025, el Pleno resolvió el fondo de la controversia debido a que los actos reclamados ocurrieron en 2023. La nueva legislación mantuvo intactas las funciones de Guardia Costera.
- Devolución de expediente: Tras ratificar la constitucionalidad de la norma federal, la SCJN devolvió el asunto a un Tribunal Colegiado para que resuelva la legalidad específica del requerimiento emitido por la Marina.
- Contexto geopolítico y minero: El dictamen ocurre en el marco del conflicto entre el Gobierno de México y Vulcan Materials por la extracción y explotación de materiales pétreos en la Riviera Maya.
Resumen del Fallo de la SCJN (Caso Calica vs. Semar)
| Elemento del Proceso | Detalle de la Resolución |
| Quejoso | Calizas Industriales del Carmen (Calica / Vulcan Materials) |
| Materia del Amparo | Constitucionalidad de la Armada para ejercer funciones de Guardia Costera |
| Precepto Avalado | Art. 2, Fracc. V, Inciso A de la Ley Orgánica de la Armada de México |
| Sustento Constitucional | Art. 129 Constitucional (Reserva de ley para funciones militares en tiempos de paz) |
| Estatus del Expediente | Amparo negado; remitido a Tribunal Colegiado para determinar legalidad del oficio de 2023 |







